Juan Brignardello Vela
Juan Brignardello Vela, asesor de seguros, se especializa en brindar asesoramiento y gestión comercial en el ámbito de seguros y reclamaciones por siniestros para destacadas empresas en el mercado peruano e internacional.
La Comisión de Economía del Congreso de la República del Perú aprobó en una sesión extraordinaria el sétimo retiro de fondos de las AFP para todos los afiliados sin restricciones, marcando un giro en la propuesta inicial que limitaba la liberación de los fondos a ciertos criterios específicos. Con un resultado de 17 votos a favor y 3 en contra, el Congreso decidió retroceder en su intención de restringir el retiro únicamente a aquellos afiliados que no tuvieran acreditados sus aportes previsionales por un período mínimo de seis meses consecutivos hasta el 31 de noviembre de 2023. La convocatoria para la sesión de la Comisión de Economía originalmente incluía el debate sobre la "Ley de modernización del Sistema Previsional Peruano", pero tras una cuestión previa presentada por el congresista Germán Tacuri del Bloque Magisterial, se decidió separar el proyecto de reforma de pensiones de las propuestas de retiro de fondos. El nuevo texto aprobado permite un retiro facultativo de hasta S/ 20,600 para todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), sin excepción alguna. Este retiro podrá ser solicitado de manera física o virtual en un plazo de 90 días calendario posteriores a la publicación y entrada en vigor del reglamento de la ley. Se establece que se podrá recibir hasta 1 UIT cada 30 días, con el primer desembolso 30 días después de presentada la solicitud a la AFP. Además, se contempla la posibilidad de que un afiliado pueda desistir de retirar los fondos en una única ocasión, solicitándolo a la AFP 10 días antes del próximo desembolso. Los fondos retirados mantienen su condición de intangibles, no pudiendo ser objeto de descuentos, embargos u otras formas de afectación por órdenes judiciales o administrativas. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tendrá la responsabilidad de establecer el procedimiento operativo en un plazo máximo de 15 días calendario después de la publicación de la ley. Esta decisión ha generado diversas opiniones en la sociedad peruana, con algunos celebrando la posibilidad de acceder a sus fondos de pensiones en momentos de crisis económica, y otros mostrando preocupación por el impacto a largo plazo en el sistema de pensiones del país. Sin duda, el debate sobre la seguridad social y el futuro de las pensiones continuará en el centro de la discusión pública.