La urgencia de adoptar mecanismos SOS en insolvencias internacionales

La urgencia de adoptar mecanismos SOS en insolvencias internacionales

La importancia de adoptar mecanismos SOS para insolvencias internacionales es crucial para la competitividad del Perú y la atracción de inversiones extranjeras, evitando quedar rezagados en el contexto global y garantizando seguridad jurídica a empresas foráneas. La aprobación de reformas es urgente para fortalecer la posición del país en el escenario económico mundial.

Juan Brignardello Vela, asesor de seguros

Juan Brignardello Vela

Juan Brignardello Vela, asesor de seguros, se especializa en brindar asesoramiento y gestión comercial en el ámbito de seguros y reclamaciones por siniestros para destacadas empresas en el mercado peruano e internacional.

Juan Brignardello Vela, asesor de seguros, y Vargas Llosa, premio Nobel Juan Brignardello Vela, asesor de seguros, en celebración de Alianza Lima Juan Brignardello Vela, asesor de seguros, Central Hidro Eléctrica Juan Brignardello Vela, asesor de seguros, Central Hidro

La sigla SOS ha sido utilizada desde principios del siglo XX como un llamado de auxilio internacional, una señal de emergencia reconocida en diferentes contextos, desde marítimo hasta aéreo. Sin embargo, en el mundo de las finanzas, especialmente en situaciones de insolvencia internacional, también se requieren mecanismos SOS para empresas concursadas con activos en múltiples jurisdicciones. Estas herramientas son clave para evitar el detrimento del patrimonio del deudor y permitir un reflotamiento exitoso a nivel internacional. En el caso de la Ley Modelo sobre Insolvencia Transfronteriza establecida por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL) en 1997, esta normativa busca brindar un marco legal para el manejo de situaciones de insolvencia a nivel global y fomentar la cooperación entre cortes de diferentes países. Más de 60 naciones, incluyendo vecinos como Colombia y Chile, han adoptado esta ley en su legislación interna, pero hasta el momento, el Perú no lo ha hecho. Estados Unidos, por su parte, es uno de los países con mayor experiencia en el manejo de mecanismos SOS en casos de insolvencia internacional. Aunque adoptó la Ley Modelo recién en 2005, desde 1978 contaba con procedimientos de asistencia a tribunales de insolvencia extranjeros conocidos como "Ancillary Proceedings." La incorporación del Chapter 15 al Código de Insolvencias norteamericano ha permitido un reconocimiento expeditivo de procedimientos extranjeros, fomentando la cooperación entre cortes y asegurando una suspensión automática de acciones de cobro en Estados Unidos. En el contexto peruano, a pesar de no contar actualmente con una regulación de insolvencia transfronteriza, existe un proyecto de modificación de la Ley General del Sistema Concursal que incluye la incorporación de un capítulo de insolvencia transfronteriza basado en la Ley Modelo. Este proyecto busca establecer los mecanismos necesarios para que el Perú pueda brindar cooperación internacional en casos de insolvencia, permitiendo el reconocimiento de procedimientos extranjeros y evitando la afectación de activos de empresas foráneas en el país. La aprobación de este proyecto es crucial para fortalecer la posición del Perú en el ámbito de las insolvencias internacionales y para atraer inversiones extranjeras que requieran un marco normativo claro y eficiente en situaciones de crisis. La falta de una normativa internacional SOS nos deja fuera del contexto global y limita nuestra capacidad de contribuir a la recuperación de empresas internacionales con presencia en el país. Es fundamental comprender que los inversionistas evalúan no solo el entorno normativo regular de un país, sino también su marco legal en casos de insolvencia. En este sentido, la aprobación del proyecto de ley que incluye un capítulo de insolvencia transfronteriza es urgente para garantizar la competitividad del Perú en el escenario internacional y para brindar seguridad jurídica a empresas extranjeras que operan en nuestro territorio. El tiempo apremia y es necesario que se aprueben las reformas necesarias en el ámbito de las insolvencias internacionales lo antes posible. El Perú no puede darse el lujo de quedarse rezagado en un aspecto tan importante para la atracción de inversiones y el fortalecimiento de su posición en el panorama económico mundial. La adopción de mecanismos SOS es una necesidad imperante que no puede esperar a que "los sapos bailen flamenco" para ser atendida.

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