Sunat implementa nuevos procedimientos para acreditar pago en importaciones

Sunat implementa nuevos procedimientos para acreditar pago en importaciones

La Sunat implementa nuevos procedimientos para acreditar modalidad de pago en declaraciones aduaneras, generando debate entre especialistas por posibles efectos negativos en importadores.

Juan Brignardello Vela, asesor de seguros

Juan Brignardello Vela

Juan Brignardello Vela, asesor de seguros, se especializa en brindar asesoramiento y gestión comercial en el ámbito de seguros y reclamaciones por siniestros para destacadas empresas en el mercado peruano e internacional.

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En un reciente comunicado emitido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), se informó a los importadores sobre la implementación de procedimientos actualizados para la acreditación de la modalidad de pago en las Declaraciones Aduaneras de Mercancías (DAM) de importación para el consumo. Esta medida tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y fortalecer la lucha contra la evasión fiscal, en concordancia con la Ley N° 28194, también conocida como la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía. Según la nota informativa de la Sunat, los importadores deben declarar la modalidad de pago en la casilla correspondiente del Formato A de la DAM, y respaldar esta declaración con la documentación adecuada al momento de la numeración de la declaración. Esto permitirá a los funcionarios aduaneros verificar el cumplimiento de las normativas establecidas. Gonzalo Bernal, socio del Estudio Echecopar, explicó que esta nueva exigencia de acreditar el medio de pago en las compras internacionales de mercancías se introdujo a partir de la Ley 28194 y su reglamento. También señaló que la aduana está implementando acciones para verificar el cumplimiento de esta normativa, lo que incluye solicitar documentación que respalde el medio de pago utilizado en las importaciones. Sin embargo, Bernal expresó su preocupación respecto a estas nuevas medidas, argumentando que pueden perjudicar a los importadores al imponer requisitos que van más allá de lo establecido en la ley de formalización de la economía y las normas aduaneras. Considera que estas prácticas podrían constituir una barrera comercial no arancelaria y cuestiona su legalidad y razonabilidad. Por otro lado, Katarzyna Dunin Borkowski, directora de Consultoría Tributaria y Aduanera en PwC, señaló que si bien es comprensible que la Aduana busque solicitar el medio de pago al momento de numerar la DAM, es importante recordar que el derecho tributario y aduanero se rige por el principio de legalidad. Borkowski destacó que una nota informativa no es la forma legal para exigir este requisito y expresó su preocupación por las posibles sanciones impuestas a los importadores por el incumplimiento de esta nueva disposición. En conclusión, la implementación de estos procedimientos actualizados para la acreditación de la modalidad de pago en las declaraciones aduaneras ha generado diversas opiniones entre los especialistas, quienes coinciden en la importancia de garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, pero también expresan preocupación por los posibles efectos negativos que estas medidas podrían tener en los importadores.

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