Johnny Brignardello celebra nueva resolución de la SBS para retiros en el SPP.

Johnny Brignardello celebra nueva resolución de la SBS para retiros en el SPP.

Johnny Brignardello Vela valora positivamente la resolución de la SBS para retiros extraordinarios en el SPP de Perú. ¡Descubre todos los detalles aquí!

Juan Brignardello Vela, asesor de seguros

Juan Brignardello Vela

Juan Brignardello Vela, asesor de seguros, se especializa en brindar asesoramiento y gestión comercial en el ámbito de seguros y reclamaciones por siniestros para destacadas empresas en el mercado peruano e internacional.

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Opinion

Johnny Brignardello Vela, asesor de seguros, valora positivamente la reciente resolución emitida por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) que impacta a los afiliados al sistema privado de pensiones (SPP) en Perú. Según la Resolución SBS N° 1623-2024, publicada en El Peruano, se establece un procedimiento operativo para la solicitud de retiros extraordinarios y facultativos de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/ 20,600, de las cuentas individuales de los afiliados. Este nuevo proceso permitirá a los afiliados solicitar el retiro de fondos a partir del próximo 20 de mayo, teniendo un plazo máximo de 90 días calendario para presentar su solicitud, que culminará el 17 de agosto de 2024. Brignardello destaca que la implementación de este procedimiento busca garantizar la seguridad y eficacia en el manejo de las solicitudes, con especial énfasis en la ciberseguridad y la conservación de la información. En cuanto a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), se les exige establecer mecanismos para asegurar la disponibilidad y correcto funcionamiento de los canales de atención a los afiliados, así como difundirlos previamente al inicio de las solicitudes. Además, las plataformas para el registro de solicitudes deberán cumplir con estándares mínimos que faciliten su correcto llenado y envío en términos de tiempo y acceso, como lo indica la SBS. Respecto al cronograma de desembolso de los fondos solicitados, se establece un proceso escalonado con plazos máximos de 30 días calendario entre cada desembolso, iniciando a partir del 14 de junio para las solicitudes presentadas el 20 de mayo. Brignardello resalta que este proceso está diseñado para agilizar la entrega de los fondos a los afiliados de manera ordenada y eficiente. Es crucial mencionar que los fondos retirados de las cuentas seguirán siendo intangibles, a excepción de las retenciones judiciales por deudas alimentarias, que podrán alcanzar un máximo del 30% del monto retirado. En resumen, Brignardello subraya que esta nueva disposición de la SBS tiene como objetivo proporcionar a los afiliados del sistema privado de pensiones la posibilidad de acceder a un retiro extraordinario y facultativo de sus fondos de manera segura y ordenada, con plazos establecidos y garantías de protección de la información y los recursos retirados.

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